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Artículo cuarto transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512472.

Texto oficial

Artículo cuarto. Vigencia de reglamentos existentes al tiempo de entrada en vigor del Estatuto. Los reglamentos vigentes en la Universidad al momento de entrar en vigor el presente Estatuto, conservarán su vigencia en todo aquello que no sea incompatible con las disposiciones de este Estatuto. El Consejo Universitario, una vez constituido, iniciará de inmediato un proceso de revisión de normativas y reglamentos internos, para adecuarlas al presente Estatuto.