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Artículo 23 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Aprueba estatuto de la universidad de santiago de chile, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1207032 / 10518145.

Texto oficial

Artículo 23.- Quórum de elección de integrantes del Consejo Universitario. El quórum de elección de integrantes del Consejo Universitario será del 40% de quienes pertenecen a cada estamento. De no cumplirse este quórum, se deberá realizar una nueva elección dentro del plazo de 90 días. En caso de no alcanzarse el quórum mínimo establecido en este estatuto, se llamará a una nueva elección para el estamento correspondiente, la cual se realizará con quienes asistan a la convocatoria.