Texto oficial
Artículo 20°.- Todo vehículo que transporte
materiales peligrosos deberá estacionarse con su freno de
estacionamiento accionado.
Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 12087 / 8631023.