Texto oficial
Artículo segundo.- Las modificaciones relativas a los
artículos 116 bis C, 116 bis F, 118, 118 bis, 118 ter y 118
quáter de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; al
artículo 151 de la ley N° 18.695, orgánica constitucional
de Municipalidades; a la ley N° 21.442, que aprueba nueva
ley de copropiedad inmobiliaria, y a la ley N° 21.473,
sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios
públicos, entrarán en vigencia transcurridos seis meses
desde la publicación de la presente ley en el Diario
Oficial.