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Artículo tercero transitorio de la Ley 21.719

Regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la agencia de protección de datos personales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209272 / 10527472.

Texto oficial

Artículo tercero.- Dentro de los sesenta días anteriores a la entrada en vigencia de las modificaciones a la ley N° 19.628, contenidas en el artículo primero de la presente ley, el Servicio de Registro Civil e Identificación deberá eliminar el registro de los bancos de datos personales contemplado en el actual artículo 22 de la ley N° 19.628.