Texto oficial
Artículo 19.- Las personas encargadas de los programas
presupuestarios previstos en esta ley que se encuentren
contratadas a honorarios tendrán la calidad de agentes
públicos, con la consecuente responsabilidad penal y
administrativa, sin perjuicio de la responsabilidad
correspondiente de su superior jerárquico.
En el ejercicio de sus funciones tales personas
deberá