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Artículo 76 de la Ley 21.724

Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209939 / 10530973.

Texto oficial

Artículo 76.- A partir del 1 de enero de 2025, la Agencia Nacional de Ciberseguridad, creada por la ley N° 21.663, en el ámbito de las funciones y atribuciones que le otorga la mencionada ley será la sucesora legal del Programa de Ciberseguridad y del Programa Red de Conectividad del Estado, todos de la Subsecretaría del Interior, en particular sobre los derechos y obligaciones relacionados con la ejecución de convenios, de contratos de suministro y prestación de servicios, de los actos relacionados con los bienes, servicios y activos tangibles e intangibles, así como de las respectivas garantías y, en general, de cualquier otro acto jurídico o administrativo referido a materias de ciberseguridad.