Texto oficial
Artículo 85.- En el artículo 5 de la ley N° 21.327:
1. Intercálase en su inciso primero, a continuación
de la frase "de planta" la expresión "o a contrata".
2. En su inciso segundo:
a) Intercálase en su literal a), a continuación de la
frase "de planta", la expresión "o a contrata".
b) Sustitúyese en su literal b), la oración "que
hubieren obtenido los mejores puntajes" por la siguiente:
"pertenecientes a la planta del servicio, que hubieren
obtenido los mejores puntajes respecto del cargo a proveer.
En el evento que no haya un número suficiente de candidatos
de planta idóneos para completar dicha terna, ésta se
completará con los contratados en orden decreciente según
el puntaje obtenido".
3. Sustitúyese el inciso tercero por el siguiente:
"Los funcionarios titulares de planta que sean
seleccionados de conformidad al inciso anterior, mientras
ejerzan efectivamente las funciones de jefatura y en tanto
desempeñen efectivamente dichas funciones, podrán ser
designados en un cargo a contrata compatible, de conformidad
a la letra d) del artículo 87 de la ley N° 18.834, sobre
Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley
N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en el grado que
corresponda de conformidad a la resolución a que se refiere
el inciso siguiente. Asimismo, en caso de que un funcionario
a contrata sea seleccionado, en tanto desempeñe
efectivamente las funciones directivas de que trata el
inciso primero, podrá ser designado en un cargo del grado
que señale la resolución antes mencionada.".
4. Intercálase el siguiente inciso cuarto, nuevo,
pasando sus actuales incisos cuarto a décimo, a ser quinto
a décimo primero:
"Para efectos de los incisos precedentes, el Director
del Trabajo, por medio de una resolución exenta, la que
deberá ser visada por la Dirección de Presupuestos,
fijará los grados que se asignarán a las funciones
señaladas en el inciso primero y el número máximo de
funcionarios para cada grado que podrán ejercerlas. Lo
anterior, de conformidad al nivel de complejidad de las
unidades. Dicha complejidad se determinará en
consideración a los criterios que establezca el reglamento
a que se refiere el inciso final de este artículo, entre
otros factores. Una vez que el respectivo funcionario o
funcionaria deje de ejercer la función a que se refiere el
inciso primero por cualquier causa, dejará de detentar el
grado que se le haya asignado conforme a este artículo.".
5. En su inciso cuarto, que ha pasado a ser quinto:
a) Sustitúyese la oración "También tendrán derecho
a la asignación regulada en este artículo," por
"Establécese una asignación de responsabilidad para".
b) Sustitúyese el guarismo "117" por "173".
6. Sustitúyese en su inciso sexto, que ha pasado a ser
séptimo, la oración "señalados en el inciso primero
según funciones, grados de la escala de remuneraciones del
funcionario y nivel de complejidad de las unidades, y para
los funcionarios señalados en el inciso cuarto según el
nivel de complejidad de las unidades" por la siguiente: ",
según el nivel de complejidad de las unidades definidas de
acuerdo con el reglamento a que se refiere el inciso final
de este artículo".
7. Suprímese en su inciso octavo, que ha pasado a ser
noveno, la frase "conforme a lo dispuesto en el inciso
cuarto".
8. Intercálase en su inciso noveno, que ha pasado a
ser décimo, entre los vocablos "funcionarios" y "perciban",
la siguiente frase: "ejerzan las funciones a que se refiere
el inciso primero o".
9. Suprímese en su inciso final la frase "la
asignación de".