Texto oficial
Artículo 97.- La modificación introducida en el
primer párrafo del numeral 2 del artículo 2 de la ley N°
20.976 por el artículo precedente, entrará en vigencia a
contar del día 1 de marzo de 2025.
Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209939 / 10530994.