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Artículo 103 de la Ley 21.724

Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1209939 / 10531000.

Texto oficial

Artículo 103.- El mayor gasto fiscal que representen la aplicación de las modificaciones a las leyes N°s. 20.948, 21.003, 20.919, 20.921, 20.964, 20.976, 20.996, 21.043 y 21.135 durante el primer año presupuestario de su vigencia, se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en los presupuestos de las diversas entidades a que ellas se refieren, cuando corresponda. En los años siguientes, los recursos se consultarán en la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.