Texto oficial
Artículo 37. Determinación de las remuneraciones. Las
remuneraciones del personal de planta del Tribunal serán
fijadas por éste y no podrán ser superiores a las que
correspondan al cargo de sus similares de la Corte Suprema.
Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532827.