Texto oficial
Artículo 60. Efectos. El funcionario o la funcionaria
que haga uso de permiso sin goce de remuneraciones conserva
su calidad de funcionario y queda afecto a las obligaciones
y prohibiciones establecidas en este Reglamento y en los
demás Reglamentos, Autos Acordados, e Instrucci�nes
impartidas por el Tribunal.
El funcionario o funcionaria que haga uso de permiso
sin goce de remuneraciones por un período igual o superior
a seis meses dentro de un año calendario, tendrá derecho a
feriado legal proporcional por ese año calendario.