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Artículo 61 de Auto Acordado S/N

Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532854.

Texto oficial

Artículo 61. Permisos con goce de remuneraciones. Es un permiso que, previa autorización del Presidente/a, habilitará al funcionario/a para cesar temporalmente sus funciones y ausentarse de su lugar habitual de trabajo, tiempo que se considerará efectivamente trabajado para los efectos remuneratorios, de acuerdo a los casos que se expresan a continuación.