Texto oficial
Artículo 106. Actividades de capacitación. Las
actividades de capacitación a cargo del Tribunal
comprenderán programas u ofertas formativas, de
perfeccionamiento y de extensión.
Se entenderá por formación, el proceso educativo o de
enseñanza de diversos conocimientos y habilidades.
El perfeccionamiento tiene por objeto mejorar el
desempeño del personal.
La extensión es la actividad en la que se enfatiza la
relación del Tribunal con la comunidad.