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Artículo 115 de Auto Acordado S/N

Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532923.

Texto oficial

Artículo 115. Voluntariedad de la postulación. La postulación es voluntaria y se realizará en la forma previamente determinada por el Tribunal. La misma está condicionada a la aprobación de la respectiva jefatura directa. Lo anterior, es sin perjuicio de los cursos que no requerirán postulación, en que los participantes serán designados conforme a las necesidades institucionales, a los cuales la asistencia será obligatoria.