Texto oficial
Artículo 166. Contenido del bono de desempeño. El
bono de desempeño contiene los siguientes elementos:
a) Un componente base, de un 10%.
b) Un incremento por desempeño institucional, de hasta
un 7%.
c) Un incremento por desempeño colectivo, de hasta un
6%.
El monto de este bono se determina aplicando los
porcentajes señalados precedentemente sobre la suma del
sueldo base, la asignación judicial y la asignación
profesional, en su caso, percibidas por cada funcionario a
quien corresponda el beneficio, durante el período
respectivo.
El componente base se paga mensualmente. Los
incrementos por desempeño institucional y colectivo se
pagarán trimestralmente, en cuatro cuotas, en los meses de
marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto
que debe pagarse en cada cuota será equivalente al valor
acumulado en el trimestre respectivo, como resultado de la
aplicación mensual de dichos incrementos.
El incremento por desempeño institucional se
concederá en relación con la ejecución de metas anuales
de eficiencia institucional.
El cumplimiento de las metas de eficiencia
institucional de cada año dará derecho a un incremento del
7% de la suma de las remuneraciones, siempre que el Tribunal
haya alcanzado un grado de cumplimiento igual o superior al
80% de las metas anuales de eficiencia a que se haya
comprometido.