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Artículo 177 de Auto Acordado S/N

Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532996.

Texto oficial

Artículo 177. Principios y garantías del procedimiento disciplinario. Este procedimiento disciplinario reconoce al funcionario o funcionaria investigada el derecho a la presunción de inocencia; a las notificaciones de todas las resoluciones dictadas, en especial respecto de los hechos imputados, la infracción que constituyan y de las eventuales sanciones que se le pudiera imponer y a la resolución que lo sanciona; y a formular alegaciones y proponer pruebas pertinentes para determinar los hechos y su participación en ellos.