Texto oficial
Artículo 203. Notificación de cargos y plazo para
presentar descargos. El investigado o la investigada será
notificado de los cargos que se le formulen en forma
personal y, en caso de no ser habido o negarse a recibir la
notificación, por carta certificada y correo electrónico,
y tendrá el plazo de cinco días hábiles para presentar su
defensa, el que podrá ampliarse por el investigador por
otros cinco días hábiles, por la sola petición del
inculpado o inculpada. En los descargos podrá ofrecerse
prueba, la que se recibirá si tiene relación con los
hechos investigados y se rendirá en el término que se fije
al efecto y que no excederá de diez días hábiles.