Texto oficial
Artículo 5º.- Las solicitudes de subsidio al consumo
deberán presentarse por escrito, en formulario entregado
para tal efecto por la Municipalidad, la cual lo pondrá a
disposición de los interesados oportunamente.
Las solicitudes también podrán ser recibidas por los
prestadores o administradores, quienes deberán presentarlas
a la Municipalidad correspondiente, en representación de
los interesados, sin cobro para estos.
Los formularios deberán contener, a lo menos, la
información relativa al nombre completo y RUT o número de
cédula de identidad del jefe de familia o jefe de hogar
principal de la encuesta CAS-2 o el instrumento que la
reemplace, nombre completo del solicitante, dirección de la
vivienda, número de enrolamiento del servicio de agua
potable y alcantarillado en el catastro del prestador o
número de socio en los sistemas rurales y fecha de la
solicitud.