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Artículo 11 de la Ley 21.744 · Crea el servicio nacional forestal y modifica la ley general de urbanismo y construcciones

Crea el servicio nacional forestal y modifica la ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1213574 / 10549321.

Texto oficial

Artículo 11.- Los trabajadores que por razones del buen funcionamiento del Servicio deban cumplir funciones en lugares apartados de centros urbanos o en zonas que impliquen riesgo o aislamiento, y aquellos que deban cumplir funciones de riesgo, podrán regirse por una jornada de trabajo diferente de la indicada en el artículo 21 del decreto ley Nº 249, de 1974, en lo relativo a la distribución horaria. Una resolución dictada por el Director Nacional del Servicio regulará la distribución de la jornada diaria y semanal, la que considerará debidamente el descanso compensatorio de los días festivos y feriados. Además, los trabajadores señalados en el inciso anterior podrán pactar una jornada bisemanal de trabajo en las condiciones indicadas en el artículo 39 del Código del Trabajo.