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Artículo 3° de Resolución 1770 EXENTA

Dicta instrucciones generales sobre el procedimiento para las actividades de ensayo de aptitud al que deben someterse las entidades técnicas de fiscalización ambiental en el marco de lo dispuesto en el artículo 3, letra c), de la ley orgánica de la superintendencia del medio ambiente, y del artículo 15 del reglamento de entidades técnicas de fiscalización ambiental de la superintendencia del medio ambiente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1216223 / 10560471.

Texto oficial

Artículo 3°. Concepto. Las actividades de ensayo de aptitud consisten en evaluaciones del desempeño a las que deberán someterse las ETFA, según el alcance que le corresponda, con respecto a los criterios previamente establecidos mediante comparaciones interlaboratorios(1), y aquellos establecidos por esta Superintendencia, con la finalidad de mantener o renovar sus autorizaciones. ____________ (1) Concepto extraído de la norma técnica NCh-ISO 17043:2023.