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Artículo 255 (DEL NUM. Nº2) del Decreto 1340 BIS

Deroga el decreto nº 211, de 1924, que aprobó el reglamento general de orden, seguridad y disciplina en las naves y litoral de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 121668 / 10045605.

Texto oficial

Art. 255. En cada Capitanía de Puerto se llevará un libro destinado al registro de boyas y muertos, en que se anotará el número o señal distintiva. el color, su clase, características y clases de amarras, fecha en que se ha fondeado o establecido, lugar de la bahía, fecha en que se ha levantado, nombre del dueño y observaciones.