Saltar al contenido

Artículo 65 de la Ley 21.770

Establece una ley marco de autorizaciones sectoriales e introduce modificaciones a los cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1216930 / 10563244.

Texto oficial

Artículo 65.- La Oficina elaborará un Reporte para la Modernización de Autorizaciones Sectoriales, para lo cual deberá considerar el informe del órgano sectorial, los antecedentes recibidos de otros órganos de la Administración y los demás antecedentes que obren en su poder y estime relevantes para su elaboración. El reporte contendrá una propuesta de medidas o acciones de modernización, las que podrán incluir modificaciones normativas y/o medidas de gestión institucional necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley. La Oficina procurará que las propuestas sean el resultado de un análisis objetivo, basado en la evidencia proporcionada por los órganos sectoriales y por la plataforma digital, que pondere los costos y beneficios de las medidas plasmadas en las conclusiones, en consideración al riesgo que el respectivo proyecto o actividad representa para el objeto de protección.