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Artículo 20 de la Ley 21.769 · Crea el servicio de auditoría interna de gobierno

Crea el servicio de auditoría interna de gobierno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1217692 / 10566470.

Texto oficial

Artículo 20.- El personal del SAIG deberá guardar reserva y secreto de la información y documentos de los que tome conocimiento en el cumplimiento de sus labores, sin perjuicio de las informaciones y certificaciones que deba proporcionar en conformidad a la ley. Las infracciones a esta norma serán consideradas faltas graves para los efectos de establecer su responsabilidad administrativa, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan, en su caso, de conformidad a la ley.