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Artículo 2 de la Ley 5.120

Concede pensión a doñas rosario riveros e hijos, carmela suárez e hijos y a la viuda e hijos de don francisco ramírez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1218446 / 10569798.

Texto oficial

Art. 2.o Los hijos e hijas de los expresados don Casimiro Barrios, don Miguel Bayón Flores y don Francisco Ramírez, en la educación primaria o secundaria gratuita que reciban del Estado, quedan exentos del pago de los derechos y gastos de matrículas, exámenes y títulos, u otros desembolsos de cualquiera clase existentes, o que en adelante se establezcan y que graven a los educandos.