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Artículo 3 de la Ley 21.786

Establece una bonificación por retiro anticipado a los funcionarios pertenecientes a la planta ii de suboficiales y gendarmes de gendarmería de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1218859 / 10571987.

Texto oficial

Artículo 3.- De la distribución de cupos por año. Podrán acceder a la bonificación establecida en los artículos precedentes hasta un máximo de trescientos beneficiarios, de conformidad con los cupos anuales que se indican para los años siguientes: Año Cupos 2025 100 2026 130 2027 70 El número de cupos será distribuido entre las distintas promociones de egreso de la respectiva escuela a las que se encuentren adscritos los funcionarios beneficiarios de cada año. Dicha distribución se hará de manera proporcional al tamaño de cada promoción al 31 de diciembre del año precedente al de la asignación de los cupos.