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Artículo 20 del Decreto 1220

Aprueba reglamento del catastro publico de aguas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 121902 / 8332180.

Texto oficial

Artículo 20: El Inventario Público de Obras Estatales de Desarrollo del Recurso y Reservas de Agua estará constituido por los siguientes inventarios: a) Inventario de Obras de Riego Construidas por el Estado. b) Inventario de Reservas de Aguas.