Texto oficial
Artículo 42: El registro estará conformado por una
base de datos computacional, que contendrá a lo menos la
información que se señala en los párrafos respectivos,
para cada caso.
1. Número de inscripción en el registro, día mes y año
de la solicitud e inscripción.
2. Nombre o razón social del titular, Rol Unico
Tributario y domicilio.
3. Nombre y Rol Unico Tributario del representante legal,
si se trata de una persona jurídica.
4. Número, inscripción o identificación de las
escrituras o documentos justificantes del derecho de
aprovechamiento o en donde consten sus características
esenciales indicadas en este reglamento.
5. Ubicación.
6. Coordenadas geográficas o UTM, en su caso, del punto
de captación y de restitución, cuando ella sea posible.
7. Domicilio donde debe enviarse la correspondencia.
8. En su caso, organización de regantes o junta de
vigilancia a que pertenezca el titular del derecho
respectivo.