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Artículo 22 del Decreto 50

Establece norma de emisión de contaminantes en fabricación de pulpa kraft o al sulfato que, en función de sus olores, generan molestia y constituyen un riesgo a la calidad de vida de la población

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1219230 / 10573207.

Texto oficial

Artículo 22. Entrada en vigencia. El presente decreto supremo entrará en vigencia en el plazo de seis meses contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.