Texto oficial
Artículo 18.- Las solicitudes de inicio o modificación de Servicio de Gas y de Cambio de Proveedor podrán realizarse en cualquier oficina comercial de la empresa; o ante un representante acreditado de la empresa en otro lugar; o por cualquier otro medio que ésta disponga; pudiéndose realizar personalmente, por medio electrónico o telefónico, en que conste fehacientemente la voluntad del solicitante.
Al momento de realizarse una solicitud, la Empresa Distribuidora o Distribuidora de Gas Licuado a Granel deberá entregarle al solicitante una copia o registro de la solicitud, en formato papel o electrónico, en que aparezca una constancia de recepción por parte de la empresa.
En el caso que sea la Empresa Distribuidora o Distribuidora de Gas Licuado a Granel quien realice la oferta del servicio, el solicitante deberá siempre suscribir la solicitud correspondiente.