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Artículo 7° de Resolución 2

Fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220649 / 10579965.

Texto oficial

Artículo 7°. Control interno en el proceso de rendición de cuentas y su revisión. El control interno es un proceso integral y dinámico que se debe adaptar constantemente a los cambios que enfrenta cualquier entidad pública. Es efectuado por las autoridades superiores y las personas funcionarias de la entidad, y está diseñado para enfrentar los riesgos y para dar una seguridad razonable del logro de la misión y objetivos de la entidad. Los organismos públicos deberán diseñar e implementar mecanismos de control interno destinados a asegurar la eficacia y eficiencia del proceso de rendición de cuentas.