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Artículo 19 de Resolución 2

Fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220649 / 10579981.

Texto oficial

Artículo 19. Rendición de Cuentas a la Contraloría General. La rendición de cuentas a la Contraloría General en el marco de una fiscalización corresponde a una modalidad de control y supervisión, con el fin de fiscalizar toda la documentación y comprobantes financiero-contables relativos al debido ingreso e inversión de los fondos públicos, por parte de quienes custodien, administren, recauden, reciban, inviertan, paguen, autoricen o gestionen de cualquier modo fondos públicos, aunque no tengan constituida una póliza de fidelidad funcionaria.