Texto oficial
Artículo primero. Entrada en vigencia.
La presente resolución empezará a regir el 1° de julio de 2026. A partir de esa data, se deroga la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General.
Las transferencias efectuadas con anterioridad a la fecha indicada en el inciso anterior continuarán rigiéndose por la normativa vigente a la época de la dictación del acto que autoriza su traspaso.