Texto oficial
Artículo 3°. Sujetos obligados. Las empresas públicas creadas por ley, las empresas del Estado y las sociedades en que el Estado tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio, deberán mantener, en sus sitios electrónicos o en el Portal de Transparencia, según corresponda, la información señalada en el Título II de la presente Instrucción, de forma permanente, completa y actualizada, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4°.