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Artículo 3° de Resolución 12 EXENTA

Aprueba y fija el nuevo texto actualizado y refundido de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa para empresas públicas, empresas del estado y sociedades del estado y deroga instrucción general n°5, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220892 / 10581036.

Texto oficial

Artículo 3°. Sujetos obligados. Las empresas públicas creadas por ley, las empresas del Estado y las sociedades en que el Estado tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio, deberán mantener, en sus sitios electrónicos o en el Portal de Transparencia, según corresponda, la información señalada en el Título II de la presente Instrucción, de forma permanente, completa y actualizada, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4°.