Texto oficial
Artículo 17.- Funciones de las inspectoras y los inspectores de seguridad municipal. Las inspectoras y los inspectores de seguridad municipal tendrán como función principal el ejercicio de actividades de prevención del delito, protección de personas y promoción de la convivencia vecinal, de conformidad con el literal j) del artículo 4° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
En igual calidad podrán colaborar en las emergencias a que se refiere el artículo 31, y velarán siempre por prestar apoyo a las instituciones intervinientes.
Para el cumplimiento de estas funciones, las inspectoras y los inspectores de seguridad municipal sólo podrán ejercer las actividades establecidas en el Párrafo 4° de este Título, cuya forma de ejecución será regulada a través de un reglamento municipal. Este reglamento deberá ser elaborado en base a las orientaciones técnicas dictadas por la Subsecretaría de Prevención del Delito, a través de resolución fundada publicada en el Diario Oficial, las que considerarán indicadores tales como el índice de vulnerabilidad socio-delictual y capacidades, presupuesto, cantidad de habitantes y población flotante, geografía, problemas específicos en materia de seguridad pública, y cualquier otra circunstancia relevante de cada comuna.
Además, las inspectoras y los inspectores de seguridad municipal podrán colaborar, en calidad de coadyuvantes, con las labores propias de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en materia de prevención del delito y resguardo de la seguridad pública.
Para los efectos de este Título se entenderá como actividad coadyuvante de las labores propias de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en materia de prevención del delito y resguardo de la seguridad pública, las atribuciones y funciones reguladas en el Párrafo 5° de este Título.
El reglamento municipal a que hace referencia el inciso tercero no podrá regular ninguna de las actividades señaladas en el Párrafo 5° de este Título, ni actos que por ley se encuentran reservados a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.