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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Establece el procedimiento y mecanismo de fijación, control y evaluación de metas de eficiencia institucional del artículo 9° de la ley n° 20.212 respecto del personal del tribunal de contratación pública

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221325 / 10583197.

Texto oficial

Artículo 11.- Sin perjuicio de lo señalado en los artículos anteriores, el Secretario Abogado será responsable del monitoreo permanente de las metas de eficiencia institucional, así como de generar los mecanismos internos que permitan el adecuado control y seguimiento de éstos.