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Artículo 20 de la Ley 21.805 · Reconoce el derecho al cuidado y crea el sistema nacional de apoyos y cuidados

Reconoce el derecho al cuidado y crea el sistema nacional de apoyos y cuidados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221443 / 10583630.

Texto oficial

Artículo 20.- Plan Local de Apoyos y Cuidados. Cada municipio podrá elaborar e implementar un Plan Local de Apoyos y Cuidados, en coordinación con el programa establecido en el artículo 23 y el Comité Regional de Apoyos y Cuidados. Dicho plan deberá contemplar, al menos, la identificación de necesidades territoriales, el acceso a la oferta programática disponible y mecanismos de participación de la comunidad.