Texto oficial
Artículo 21.- Evaluación del Sistema Nacional de
Apoyos y Cuidados. El Ministerio de Desarrollo Social y
Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación
Social evaluará el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados,
de conformidad a lo dispuesto en las letras c) y d) del
artículo 3° de la ley N° 20.530. Cada dos años, se
elaborará un informe de ese proceso, el cual será público
y deberá incluir recomendaciones de mejora.