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Artículo 8º del Decreto 142

Aprueba reglamento de financiamiento de las capacidades estratégicas de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221544 / 10584150.

Texto oficial

Artículo 8º.- Sesi�nes Ordinarias. Las sesiones ordinarias se celebrarán al menos cada tres meses. Estas sesiones deberán ser convocadas por el Presidente del Consejo con al menos tres días de anticipación a la celebración de la misma.