Texto oficial
Artículo 39.- Seguimiento de las iniciativas de inversión y gasto. El Ministerio de Defensa Nacional, por medio de la Subsecretaría de Defensa, proveerá semestralmente las planillas de seguimiento de las iniciativas de inversión y gasto actualmente en ejecución, así como entregará a la Auditoría Ministerial un informe anual con las variables que haya identificado como relevantes en materias de riesgo conforme a su normativa interna.