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Artículo 39 del Decreto 142

Aprueba reglamento de financiamiento de las capacidades estratégicas de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1221544 / 10584186.

Texto oficial

Artículo 39.- Seguimiento de las iniciativas de inversión y gasto. El Ministerio de Defensa Nacional, por medio de la Subsecretaría de Defensa, proveerá semestralmente las planillas de seguimiento de las iniciativas de inversión y gasto actualmente en ejecución, así como entregará a la Auditoría Ministerial un informe anual con las variables que haya identificado como relevantes en materias de riesgo conforme a su normativa interna.