Texto oficial
Artículo 5º.- Factibilidad administrativa municipal para la extracción en cauce natural. El interesado deberá solicitar a la municipalidad o municipalidades respectivas la factibilidad administrativa del sector de interés. La solicitud deberá contener la individualización del solicitante y su correo electrónico o forma alternativa para efectos de la notificación; el polígono o área de extracción de áridos en cauce; el volumen y plazo estimado para ejecutar la extracción, y los accesos y salidas de la faena.
Este informe será emitido dentro de veinte días hábiles contados desde la presentación del interesado, gozando de preferencia respecto de otras solicitudes de factibilidad. El informe se pronunciará acerca de la factibilidad de la extracción en el sector de interés considerando las competencias en la administración de los bienes nacionales de uso público y estará vigente mientras esté pendiente el procedimiento ante la Dirección de Obras Hidráulicas.
De haber respuesta favorable de parte del municipio correspondiente, el interesado deberá iniciar el procedimiento de habilitación técnica de extracción ante la Dirección de Obras Hidráulicas.