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Artículo 7° de Auto Acordado 81

Acta n° 81-2026

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1222298 / 10587608.

Texto oficial

Artículo 7°. Publicación de cupos: En cada proceso de postulación deberá indicarse la cantidad de cupos disponibles en cada categoría de beneficiarios(as).