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Artículo 25° de Auto Acordado 81

Acta n° 81-2026

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1222298 / 10587633.

Texto oficial

Artículo 25°. Cese en el cargo: Para acceder al beneficio, el funcionario o funcionaria debe cesar en el cargo habiendo cumplido las edades a que se refieren los artículos 3° y 4° de este Auto Acordado.