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Artículo 26 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455106.

Texto oficial

Artículo 26. Las mercancías responderán directa y DFL. 213/53 preferentemente al Fisco por los derechos, impuestos, tasas, Art. 3º gastos y multas a que dieren lugar. DFL. 1/97 Art. 26º