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Artículo 31 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455112.

Texto oficial

Artículo 31. Las normas del presente libro se DFL. 3-2.345/79 aplicarán a las mercancías y a las personas que lleguen o Art. 1º salgan del país en cualquier medio de transporte de carga o DFL. 1/97 pasajeros o que se movilicen por sus propios medios. Art. 38º