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Artículo 39 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455124.

Texto oficial

Artículo 39. Las disposiciones del presente libro no DFL.3-2.345/79 impedirán a las autoridades correspondientes tomar las Art. 9º medidas necesarias, incluso el pedido de nueva o mayor DFL. 1/97 información, en los casos de sospecha de fraude o Art. 46º contrabando o cuando se trate de problemas especiales que constituyan peligro para el orden, la seguridad, la salud pública o la protección fitosanitaria.