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Artículo 55 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455143.

Texto oficial

Artículo 55. Toda mercancía presentada o entregada a DFL. 213/53 la Aduana para su embarque queda sometida a su potestad Art. 75º y 76º desde ese momento hasta el zarpe de la nave. DFL. 1/97 En el caso de embarque por otros vehículos, la Art. 62º potestad de la Aduana respectiva continuará hasta que la mercancía salga del país.