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Artículo 62 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455151.

Texto oficial

Artículo 62. Los interesados podrán recuperar las Ley 18.040 mercancías extraviadas que aparecieren, siempre que Art. único No. 3 restituyan la indemnización recibida, debidamente reajustada.