Texto oficial
Artículo 75. Toda declaración deberá ser
confeccionada de acuerdo a los datos que suministren los DFL. 3-2.345/79
documentos que le sirven de antecedentes y al reconocimiento Art. 24º, inc.
de las mercancías que pueden efectuar los interesados en 1º Ley 18.853
los recintos de depósito aduanero. Art. 1º, No. 10
DFL. 1/97 Art.
82º