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Artículo 92 (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 122290 / 8455185.

Texto oficial

Artículo 92. Las declaraciones legalizadas y las DFL. 3-2.345/79 denuncias cursadas serán notificadas diariamente mediante Art. 41º DFL. su inclusión en un estado que llevará cada aduana. 1/97 Art. 99º